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Al confeccionar el Comprobante Fiscal Electrónico ¿se debe solicitar al cliente su cédula de identidad o RUC?

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Soporte técnico - Montevideo COMM
en 27/10/23 16:15 196 vistas


Al confeccionar el Comprobante Fiscal Electrónico ¿se debe solicitar al cliente su cédula de identidad o RUC?


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En 27/10/23 16:22




Como define DGI en sus preguntas frecuentes. Es obligatorio identificar al cliente en: los e-Tickets, los e-Tickets Venta por Cuenta Ajena, las e-Boleta de entrada que documenten compras a no contribuyentes de moneda extranjera para su reventa si la contrapartida es moneda local, y sus respectivas notas de corrección, cuando el monto neto, excluidos los montos correspondientes a conceptos no facturables, es mayor a 10.000 UI. En documentos emitidos a partir del 1º de noviembre de 2022, el monto se reduce a 5.000 UI. También es obligatorio identificar al cliente, sin importar el monto, cuando en el mismo se documenten retenciones o percepciones, sin perjuicio de las excepciones expresamente establecidas para determinadas operaciones. 

Los restantes comprobantes (e-Factura y sus notas de corrección, e-Resguardo, e-Remito, e-Factura de Exportación y sus notas de corrección, e-Remito de Exportación, e-Factura Venta por Cuenta Ajena y sus notas de corrección y e-Boleta de entrada y sus notas de corrección. En estos casos, bastará con que el cliente informe el número de identificación, no siendo necesario que exhiba el mismo. El sistema validará el dígito verificador de la cédula de identidad y del RUC. En el caso de documento extranjero el cliente deberá proporcionar además el país de origen del documento. 

La cotización de la UI que se debe utilizar es la correspondiente al 31/12 del año anterior.



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Preguntado: 27/10/23 16:15
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Última actualización: 27/10/23 16:22