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Soporte técnico - Montevideo COMM

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Soporte técnico - Montevideo COMM
En 14/5/21 13:59




En los casos en que la empresa deba facturar para dos giros diferentes y uno de ellos se encuentre dentro del régimen Literal E, será necesario tener en cuenta loa siguientes puntos:

 

NOTA: Las aclaraciones a continuación se toman en cuenta solo para las empresas con dos giros, en los que solo uno de ellos se encuentra dentro del régimen Literal E.

 

1) Solicitud de CAE en DGI

Al momento de solicitar los CAE en DGI podrás seleccionar si deseas solicitar CAE especial o no. Los CAE especiales serán utilizados cuando factures dentro del régimen Literal E, en cambio, los CAE no especiales o normales se utilizarán para la emisión desde el giro que no se encuentra dentro de este régimen.

 

2) Emisión de comprobantes

Al momento de emitir un comprobante el sistema te permitirá elegir si deseas utilizar los CAE especiales o Normales. Esto sucederá solo cuando el tipo de comprobante que elijas emitir cuenta con más de un tipo de CAE asociado.

Por ejemplo, si cargas CAE especiales y Normales para e-factura, al momento de emitir un comprobante de este tipo, lo primero que te solicitará será escoger el CAE a utilizar:


 

3) Otras aclaraciones para la emisión Literal E (IVA Mínimo)

NOTA: los puntos a continuación solo aplican para la emisión de comprobantes para el giro que se encuentra dentro del régimen Literal E.

Al momento de crear los ítems a cargar en el comprobante, es importante elegir siempre el indicador de facturación “Solo para contribuyentes IVA Mínimo, Monotributo o MIDES”. El sistema solo habilitará el uso de este tipo de indicador si el comprobante que estás emitiendo está utilizando un CAE especial.

 

Al momento de indicar el valor de “Indicador de montos brutos” se deberá seleccionar la opción establecida para este tipo de empresas. Este campo se completa luego de cargar los ítems, al lado del campo Moneda:

 

 

 


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Preguntado: 14/5/21 13:56
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Última actualización: 14/5/21 13:59